JurisprudenciaARG
Instancia única administrativa

COMPAÑÍA ARGENTINA DE GRANOS S.A. C/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación

La declaración de nulidad procesal exige la existencia de un perjuicio concreto, la afectación de una defensa esencial o de un derecho o interés legítimo, y no procede cuando solo persigue el cumplimiento formal de la ley sin utilidad práctica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala F
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2026-37095891-APN-SGASAD#TFN
Competencia Nulidad Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación promovido por una exportadora contra la denegatoria aduanera de una acción de repetición de derechos de exportación abonados en distintas destinaciones de exportación, cuestionados por aplicación del Decreto 133/2015 y sus modificatorias por presunta falta de ley formal y enriquecimiento sin causa de la Administración. Se debatieron la nulidad del acto administrativo, la procedencia de la repetición de tributos aduaneros, la alcance de la competencia del Tribunal para examinar la validez de normas reglamentarias y la incidencia de un plenario anterior sobre derechos de exportación.

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