EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR S.A. s/recurso de apelación-Impuesto a las Ganancias
A los fines del Impuesto a las Ganancias, un gasto es deducible cuando guarda una relación de causalidad con la obtención, mantenimiento o conservación de la ganancia gravada, sin que sea exigible que resulte imprescindible en sentido absoluto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recurso de apelación contra una determinación de oficio en el Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2014, en la que se impugnó la deducción de penalidades y sanciones vinculadas al contrato de concesión para la distribución y comercialización de energía eléctrica, previstas en el régimen regulatorio provincial y aplicadas por el organismo de control. La controversia abarcó la nulidad del acto por presunta afectación del derecho de defensa y falta de motivación, así como la procedencia de la deducción de esas erogaciones como gastos necesarios para obtener, mantener y conservar la fuente de ingresos, con análisis de los artículos 17, 80 y 88 de la ley del tributo y del artículo 145 de su decreto reglamentario.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.