GOMEZ MARIANO FACUNDO s/recurso de apelación
La acumulación de expedientes procede cuando existe conexidad suficiente y coincidencia de premisas fácticas entre las causas, en los términos del artículo 15 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal Fiscal de la Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Incidente de acumulación en recursos de apelación tramitados ante el Tribunal Fiscal de la Nación vinculados con determinaciones del impuesto al valor agregado por diversos períodos fiscales de 2018 a 2019, del impuesto a las ganancias por los períodos 2018 y 2019, con liquidación de intereses resarcitorios y aplicación o reserva de sanciones administrativas y multas por presunta evasión, en el que se examina la conexidad entre expedientes, la coincidencia de premisas fácticas y la procedencia de tramitar conjuntamente las impugnaciones bajo el Reglamento de Procedimiento del Tribunal.
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