ARAUJO CESAR GUSTAVO
Cuando el recurso ante el Tribunal Fiscal se presenta fuera del plazo legal, corresponde declarar su improcedencia formal si la notificación y la fecha de interposición acreditan la extemporaneidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación contra una resolución que aplicó multa por presunta omisión del Impuesto al Valor Agregado en varios períodos fiscales de 2024, con planteo fiscal de extemporaneidad e improcedencia formal del recurso y debate sobre el cómputo del plazo de quince días del artículo 76 de la Ley 11.683, la eventual ampliación por distancia del artículo 158 del CPCCN en el marco de presentaciones electrónicas por TAD, la aplicabilidad supletoria del código procesal y la incidencia de precedentes sobre acceso a la justicia y tutela judicial efectiva.
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Leyes que cita
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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