PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Gallardo Fernando - Ejecutivo - INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió acción de inconstitucionalidad contra la Provincia de San Juan cuestionando el cómputo del plazo de prescripción de una deuda. La Sala Primera rechazó el recurso y desestimó la demanda al considerar que la deuda se encuentra prescripta y que corresponde desestimar la pretensión.
¿Quién es el actor?
Fernando Gallardo (actor recurrente).
¿A quién se demanda?
Provincia de San Juan / Poder Ejecutivo provincial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción/excepción de inconstitucionalidad relativa al cómputo del plazo de prescripción de una deuda y la declaratoria de nulidad/ineficacia de esa obligación (reclamo de inconstitucionalidad del tratamiento del plazo de prescripción previsto por norma apelada, ley 2275 o normas conexas).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso interpuesto y, en consecuencia, desestimar la demanda; imponer las costas por su orden; disponer archivo y que se agreguen las diligencias protocolizadas al expediente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"se impone toda vez que la deuda prescripta, ya sea tomando el plazo de prescripción referida por la cito, cuentra la cual se inicia por el..." (fragmento textual contenido en la sentencia que sustenta la prescripción de la deuda).
"Rechazar terpuesto y, en consecuencia, desestimar la demanda coada en autos."
"Imponer las costas por su orden en instancias."
Votación y firma: acuerdo de los Dres. José Abel Soria Vega y Ángel Humberto Medina (mayoría).
Transcripciones textuales relevantes (tal como aparecen en la fuente):
"se impone toda vez que la deuda prescripta, ya sea tomando el plazo de prescripción referida por la cido, cuentra la cual se inicia por el a-qguo, o a 86, antes..."
"I) Rechazar terpuesto y, en el recurso consecuencia, desestimar la demanda coada en autos."
"II) Imponer las costas por su orden en instancias."
"III) Agregar a los protocolizados principales... que la presente deberán oportunamente bajar al expediente respectivos y copias a los autos... archívense."
No consta voto en disidencia; la resolución aparece firmada por los ministros Dr. José Abel Soria Vega y Dr. Ángel Humberto Medina.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.