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Tribunal Superior

GONZÁLEZ PABLO GUILLERMO C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S. A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.

Reclamación por accidente in-itinere contra la aseguradora de riesgos del trabajo. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y revocó la sentencia que aplicó el plazo de caducidad del art. 2 inc. j de la ley 15.057, declarando su inconstitucionalidad en el caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-137322
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Caducidad Art. 2 inc. j ley 15.057 Accidente in?itinere Riesgos del trabajo Art Revocatoria Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

González Pablo Guillermo.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente in‑itinere (acción contra la ART por accidente laboral).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057, declarando la inconstitucionalidad de dicha norma en el caso; remitió las actuaciones al tribunal de origen para que prosiga su trámite según su estado. Las costas de la instancia se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte actora, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."

"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 303, CPCC)."

(Se remite además a la sentencia L. 131.700 "Magliano" de 19-IX-2025 y al dictamen del Procurador General como fundamentos complementarios.)

Normas que cita

Fallos que cita

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