ZORRILLA SEBASTIÁN ALEJANDRO C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.
Reclamo por accidente de trabajo contra OMINT ART cuestionando la constitucionalidad del plazo del art. 2 inc. j de la ley 15.057. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad y confirmó la declaración de invalidez constitucional de ese plazo, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
Zorrilla Sebastián Alejandro.
¿A quién se demanda?
OMINT Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción especial por accidente de trabajo y planteos relativos a la validez constitucional del plazo previsto en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada y se confirmó el pronunciamiento de grado en cuanto declaró la invalidez constitucional del plazo del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057. Se ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que prosiga el trámite según su estado. Se impusieron las costas de la instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte demandada, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Rechazar el recurso extraordinario de inconstitucionalidad traído y confirmar el pronunciamiento de grado en cuanto declaró la invalidez constitucional del plazo previsto en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."
"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 303, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La parte dispositiva final expresa la decisión de la Corte; no consta en el bloque dispositvo diferencia de mayorías que altere esa resolución. El pronunciamiento sigue las conclusiones adoptadas en la causa "Magliano" (L. 131.700) y el dictamen del Procurador General.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. j
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.