BALDERRAMA RICARDO ALEJANDRO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Los actores demandaron a Telefónica de Argentina S.A. y al Estado Nacional por falta de implementación de programa de propiedad participada. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó el período de condena para la empresa telefónica y revocó la prescripción declarada respecto del Estado Nacional.
Participación en programa de propiedad participada
¿Qué se resolvió?
- Se modifica condena a Telefónica de Argentina S.A. por los 5 años anteriores a la demanda
- Se revoca prescripción declarada respecto del Estado Nacional
- Se rechaza demanda de FONTANA por haberse desvinculado antes del período reclamado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Aplica doctrina de fallo "Domínguez" de la CSJN que establece que el cómputo de la prescripción debe ser por períodos anuales
- Responsabiliza al Estado Nacional por demora en implementar el programa, debiendo abonar intereses
- Responsabiliza a Telefónica por incumplimiento de la obligación legal de abonar el programa de propiedad participada
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