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CHERMELLI MARISA ELVIRA ELISABET Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINIST DE TRABAJO EMP Y FORM DE REC HUM Y OTROS s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Trabajadores reclaman beneficios de Programa de Propiedad Participada. La Cámara Nacional de Apelaciones modifica sentencia y condena al Estado Nacional y a Telefónica de Argentina S.A.

Indemnizacion Prescripcion Inconstitucionalidad Programa de propiedad participada Responsabilidad estatal Utilidades empresariales

Reclamo de beneficios derivados del Programa de Propiedad Participada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar parcialmente al recurso de apelación. Declara prescripta la acción por los créditos anteriores a mayo de 2002 y condena al Estado Nacional por la demora en la obtención de los beneficios, y a Telefónica de Argentina S.A. por el 2% de las utilidades de cada ejercicio, a determinarse en ejecución de sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Aplica el plazo de prescripción quinquenal conforme al art. 4027 inc. 3 del Código Civil.
- Siguiendo el precedente "Gentini" de la CSJN, declara la inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92 y la consecuente responsabilidad del Estado Nacional y Telefónica de Argentina S.A.
- La responsabilidad del Estado se limita a compensar la demora en la obtención de los beneficios, mientras que la de Telefónica se basa en el 2% de sus utilidades.

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