ANGHILANTE DE LUQUEZ GLENDA CONCEPCION Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Accionistas de Telecom Argentina demandan reajuste del precio de recompra de sus acciones, pero la Cámara de Apelaciones confirma el rechazo de la demanda por considerar que el precio fue fijado conforme al Acuerdo General de Transferencia.
- Actores: Diez ex agentes de Telecom Argentina S.A.
- Demandados: Estado Nacional-Ministerio de Economía y Producción, Banco de la Ciudad de Buenos Aires y Comité de la Sindicación de Accionistas Clase 'C' del Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina S.A.
- Objeto: Reclamaban el reajuste del precio de la recompra de las acciones que les fueron adjudicadas con motivo de la adhesión al Programa de Propiedad Participada.
- Decisión: La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda.
Fundamentos:
- La ley 23.696 estableció los Programas de Propiedad Participada como instrumentos para la adquisición de acciones por parte de los empleados en el proceso de privatizaciones.
- La participación de los trabajadores en el programa fue voluntaria y onerosa, y el Acuerdo General de Transferencia fijó las condiciones de la venta, incluido el precio.
- Los actores se convirtieron en accionistas al participar voluntariamente del programa, por lo que no puede admitirse la pretensión de reajuste del precio, ya que se siguieron los procedimientos y el precio establecido en el Acuerdo General.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: