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LABORATORIO LEMOS SRL c/ EAGLE GLOBAL LOGISTICS DE ARGENTINA SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por incumplimiento contractual derivado de problemas con el transporte internacional de mercadería. La Cámara revocó la sentencia y condenó a la demandada a indemnizar a la actora.

Incumplimiento contractual Responsabilidad solidaria Transporte internacional Logistica Agente de carga

Daños y perjuicios por incumplimiento contractual en el transporte internacional de mercadería
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y condenó a la demandada a pagar el valor de la mercadería y los intereses correspondientes. La Cámara consideró que la demandada, en su calidad de agente de carga, era responsable por la frustración del negocio de la actora debido a problemas con el transporte y la documentación aduanera. Fundamentos principales:
- La figura del agente de carga o "forwarder" ha evolucionado, siendo responsable por la contratación de transportistas idóneos y la organización de la operación logística, más allá de no realizar materialmente el transporte.
- El artículo 153 del Código Aeronáutico establece la responsabilidad solidaria del agente de carga y el transportista efectivo frente al usuario, sin perjuicio de las acciones de repetición.
- La demandada, al contratar con un transportista (Tam) que tenía problemas con la documentación aduanera, incumplió su obligación de organizar adecuadamente el transporte, lo que derivó en la frustración del negocio de la actora.

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