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EXPOSITO, ALICIA GRACIELA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La demandante promovió amparo de salud para mantener su afiliación a las obras sociales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la medida cautelar que ordenó el restablecimiento de la cobertura de salud.

Obra social Medida cautelar Cobertura medica Amparo de salud Jubilado


¿Quién es el actor?

Alicia Graciela Expósito
- Demandados: OSDE y OSOCNA (Obra Social de Comisarios Navales)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo de salud para mantener afiliación a obras sociales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la medida cautelar que ordenó a las obras sociales restablecer y mantener la afiliación de la actora, debiendo ésta abonar los aportes correspondientes. Los principales fundamentos fueron:
- Las medidas cautelares innovativas requieren mayor prudencia, pero ello no implica descartar su aplicación si existen fundamentos suficientes.
- Para otorgar una medida cautelar basta con acreditar la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, sin necesidad de prueba acabada.
- La ley 23.660 establece que los jubilados quedan obligatoriamente incluidos como beneficiarios de las obras sociales, por lo que no puede cesar la afiliación sin manifestación expresa del beneficiario.
- Se verificaron los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, por lo que corresponde mantener la cobertura de salud hasta la sentencia definitiva.

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