RAYMOS SACI c/ AVON PRODUCTS INC s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La empresa Raymos solicitó el registro de la marca RAYMOS SAVON pero Avon se opuso alegando confusión con sus propias marcas AVON. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la oposición de Avon y el registro de la marca RAYMOS SAVON.
¿Quién es el actor?
Raymos SACI
¿A quién se demanda?
Avon Products Inc.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de oposición al registro de marca "RAYMOS SAVON"
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la oposición y se permite el registro de la marca "RAYMOS SAVON".
Los principales fundamentos fueron:
- Raymos ya era titular de la marca "RAYMOS SAVON" en la clase 3 desde 2013 y la venía usando desde los años 90 para identificar un jabón de higiene íntima femenina, sin que Avon hubiera tomado medidas al respecto.
- Teniendo en cuenta la selectividad y atención del público consumidor, así como la notoriedad de la marca "AVON", las diferencias entre "RAYMOS SAVON" y "AVON" tienen más relevancia que las semejanzas, lo que descarta el riesgo de confusión.
- La coexistencia pacífica de los signos en el mercado por un tiempo significativo también diluye el peligro de confusión.
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