GOYENECHE ROUX, MARIA ALEJANDRA c/ OSECAC Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirma los honorarios regulados a favor del letrado patrocinante de la parte actora y de los peritos y mediadora intervinientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso se trata de recursos de apelación interpuestos contra la regulación de honorarios practicada en las sentencias de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirma los honorarios regulados a favor del letrado patrocinante de la parte actora, Dr. Francisco Eugenio Chirichella, tanto por lo actuado bajo la vigencia de la ley N° 21.839 como de la Ley N° 27.423, en atención a la extensión y calidad jurídica de la labor profesional desarrollada, la naturaleza y resultado del litigio. Asimismo, confirma los emolumentos fijados en favor de la perito psicóloga, el perito contador, la perito médica y el consultor técnico de la parte actora, por considerar adecuada la proporción que deben guardar sus estipendios con los de los demás profesionales intervinientes. Por último, también confirma los honorarios de la mediadora interviniente.
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