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F., S. M. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Afiliada a obra social demanda por cese de prestaciones médico-asistenciales; Cámara confirma decisión que ordena restitución del servicio bajo Plan 410.

Obra social Jubilacion Cobertura medica Amparo de salud Afiliacion


¿Quién es el actor?

Sra. S. M. F.
- Demandados: ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) y OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES (OSOCNA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo de salud por cese de prestaciones médico-asistenciales tras obtener beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las obras sociales demandadas restituir definitivamente a la actora el servicio bajo el Plan 410.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jubilación no implica el automático traslado del beneficiario al INSSJP, subsistiendo el derecho a permanecer en la obra social que prestaba servicios.
- Ni la condición de jubilado ni la falta de inscripción de la obra social alteran la facultad del beneficiario de conservar la afiliación, cuando no hay manifestación de voluntad en contrario.
- La decisión de privar a la actora de las prestaciones médico-asistenciales en que se encontraba afiliada constituye una conducta ilegítima y arbitraria.
- Se ordena a ANSES transferir los aportes deducidos del haber jubilatorio de la actora a OSOCNA, para que ésta los traslade a OSDE.
- Las costas se distribuyen en el orden causado.

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