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DELGADO, ANA ALEJANDRA c/ EXI SA s/HABEAS DATA (ART. 43 C.N.)

La actora promovió una acción de habeas data contra una empresa privada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la decisión de la instancia anterior y declaró la competencia federal.

Rectificacion Datos personales Habeas data Competencia federal Supresion Bases de datos


¿Quién es el actor?

ANA ALEJANDRA DELGADO

¿A quién se demanda?

EXI S.A.
- Objeto de la demanda: Promover una acción de "habeas data" para tomar conocimiento de la información que posee la empresa sobre la actora, obtener la rectificación o supresión de datos erróneos, entre otros reclamos.
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la decisión de primera instancia que había declinado la competencia federal, considerando que corresponde a la justicia federal intervenir en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 36 de la Ley N° 25.326 establece la competencia federal cuando la acción se interpone contra archivos de datos públicos nacionales o cuando los archivos se encuentren interconectados en redes interjurisdiccionales.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación y esta Cámara han adoptado ese criterio en casos similares, donde se busca rectificar o suprimir datos disponibles en bases de internet, como la del Banco Central.
- Aun cuando solo se demandó a una empresa privada, el objeto de la acción se vincula con información disponible en bases de datos de alcance nacional e incluso internacional, lo que justifica la competencia federal.

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