BIOFARMA c/ CRAVERI SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La accionada apeló sentencia que declaró la nulidad de la marca DIOSMIN y rechazó la demanda por cese de oposición al registro de marca DILORYM. La Cámara revocó la nulidad de la marca DIOSMIN y redistribuyó las costas.
¿Quién es el actor?
BIOFARMA
¿A quién se demanda?
CRAVERI SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de marca "DIOSMIN" y cese de oposición al registro de marca "DILORYM"
¿Qué se resolvió?
Se revocó la nulidad de la marca "DIOSMIN" y se impusieron las costas a la parte actora. El tribunal consideró que la nulidad de la marca "DIOSMIN" fue decidida erróneamente de manera preliminar, cuando debía analizarse primero la confundibilidad entre las marcas "DILORYM" y "DULOXIN", lo cual bastaba para resolver el rechazo del cese de oposición, sin necesidad de declarar la nulidad. Además, se indicó que la nulidad de una marca registrada debe interpretarse de manera restrictiva, y que una vez desestimada la demanda de cese de oposición, había desaparecido el interés legítimo de la actora para solicitar la nulidad.
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