Logo

MANERA, ARGENTINA GRISELDA Y OTRO c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Las accionantes reclamaron por incumplimiento contractual del Banco Nación en la custodia de bienes guardados en su caja de seguridad. La Cámara modificó la sentencia elevando la indemnización por joyas desaparecidas.

Dano moral Indemnizacion Dano psiquico Clausula abusiva Responsabilidad bancaria Cotizacion dolar Contrato de caja de seguridad

Incumplimiento de contrato por sustracción de objetos de valor de caja de seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la atribución de responsabilidad al banco, pero modificó el monto de indemnización por joyas desaparecidas, elevándolo a U$S 22.976,20. Confirmó el resto de rubros indemnizatorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El contrato de caja de seguridad impone al banco una obligación de custodia efectiva, no meramente una caja con llave. Por ser un contrato de adhesión, la cláusula que limita responsabilidad es abusiva.
- La prueba del contenido de la caja puede hacerse por cualquier medio, aunque la carga de la prueba recae en la actora sobre la preexistencia y valor de los bienes.
- Respecto al daño psíquico, la recurrente no fundamentó adecuadamente su agravio.
- Para el daño moral, se acreditó el sufrimiento de las reclamantes por el hecho.
- El "dólar MEP" es el indicador más apropiado para la cotización de la deuda en dólares.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar