RIOS CLAUDIA DEL LUJAN Y OTROS c/ ESTDO NACIONAL MINIST DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOC Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Demanda por daños y perjuicios derivados de la falta de emisión de bonos de participación en las ganancias. La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada.
Declaración de inconstitucionalidad del decreto N° 395/92 y resarcimiento por frustración del derecho a percibir bonos de participación en las ganancias previstos en la ley N° 23.696
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, responsabilizando a los demandados y estableciendo pautas para la liquidación de la indemnización. Se modificó parcialmente la sentencia respecto del Estado Nacional.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema en "Gentini" declaró inconstitucional el decreto N° 395/92 que eximía a las licenciatarias de la obligación de emitir los bonos, responsabilizando tanto al Estado como a la empresa telefónica.
- El plazo de prescripción aplicable es el quinquenal del art. 4027 inc. 3 Código Civil.
- Las utilidades sobre las que se calcula el bono son las "ganancias imponibles" (resultado antes de impuestos).
- La responsabilidad del Estado es sólo por la demora en el pago, debiendo abonar los intereses.
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