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PEREZ, CARLOS ALBERTO c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo de salud para mantener su afiliación y la de su cónyuge en OSDE en un plan superador. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.

Obra social Osde Amparo de salud Afiliacion Jubilado Transferencia de aportes Osocna Anses


¿Quién es el actor?

C.A.P.
- Demandados: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

mantener la afiliación del actor y su cónyuge en el Plan 210 de OSDE por derivación de aportes, luego de haber obtenido el beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Ordenó a ANSES transferir los aportes del actor a OSOCNA, para que ésta los transfiera a OSDE. Dispuso que el actor debe abonar la diferencia entre los aportes y el valor del plan contratado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remitió a los fundamentos expuestos en causas anteriores análogas, donde se estableció que los afiliados jubilados tienen derecho a mantener la cobertura de su obra social de origen, con independencia de los decretos 292/95 y 492/95 que crearon un régimen regulatorio. El juez Antelo votó en disidencia.

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