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CARDOSO, AILEN MARIA c/ OMINT SA DE SERVICIOS Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Afiliada jubilada reclama mantener su cobertura médica. Cámara confirma sentencia y ordena transferencia de aportes a obra social.

Obra social Cobertura medica Amparo Jubilado Transferencia de aportes

Mantener afiliación y cobertura médica en las mismas condiciones que antes de jubilarse

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la acción de amparo. Se ordena a OSPIM y Omint mantener la afiliación de la actora y su hija, con transferencia de aportes de ANSES a OSPIM.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara confirma la sentencia apelada, aplicando el criterio sentado en casos anteriores similares (causas "D'Amico", "Dal Pino" y "Calvo"). Establece que para que los aportes de la actora jubilada lleguen a OSPIM y no sean derivados al INSSJP, se deberá oficiar a ANSES para que transfiera los aportes, los cuales OSPIM deberá desregularizar y transferir a Omint. La actora deberá abonar la diferencia entre los aportes y el valor del plan contratado. El juez Antelo vota en disidencia, remitiéndose a su posición en el precedente "D'Amico".

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