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J. A. Y OTRO c/ B. M. I. Y OTROS s/FILIACION

El actor promovió demanda por declaración de filiación extramatrimonial. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó que el actor lleve el apellido de su padre biológico.

Filiacion Deber de colaboracion Presuncion Buena fe procesal Prueba biologica Negativa a prueba


¿Quién es el actor?

R. R. J., hijo de A. J.
- Demandados: M. I. B., G. A. Z. y M. V. Z., herederos de A. Z.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de filiación extramatrimonial de A. J. respecto de A. Z.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, declarando que A. J. es hijo extramatrimonial de A. Z. y ordenando que lleve su apellido. Principales fundamentos:
- Los principios de irretroactividad de la ley nueva y de efecto inmediato en las consecuencias de las situaciones jurídicas aplicaban la ley anterior, vigente al momento de los hechos.
- La negativa de los demandados a realizar las pruebas genéticas solicitadas fue interpretada como un indicio o presunción en contra, que no lograron desvirtuar con otra prueba.
- Se resaltó el deber de colaboración y buena fe procesal que impone el nuevo Código Civil y Comercial.
- Se confirmó la imposición de costas a los demandados vencidos.

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