IGLESIAS SCHOO RAUL ALBERTO c/ MACRI RAUL ARGENTINO s/REPETICION
El actor promovió demanda por la fijación y cobro del valor locativo de un inmueble en condominio y la repetición de gastos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a dichos reclamos, considerando razonable la determinación del valor locativo y la obligación del demandado de reintegrar ciertos montos por impuestos.
Actor: Raúl Alberto Iglesias Schoo.
Demandado: Raúl Argentino Macri.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación y cobro del valor locativo de un inmueble en condominio, así como la repetición de gastos de ABL y avalúo que correspondían al demandado.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia admitió parcialmente la demanda, fijando el valor locativo del inmueble en $17.000 mensuales desde junio de 2011 y condenando al demandado a reintegrar $5201,56 por ABL y avalúo. La Cámara confirmó esta decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El propio accionado reconoció, al contestar demanda, que se encuentra explotando el predio como playa de estacionamiento y de manera exclusiva desde el año 1983, abonando mensualmente los alquileres a quienes fueran sus propietarios y que, posteriormente, en el año 1996, adquirió la titularidad de la porción más significativa del inmueble (66,01%)." "El sentenciante de grado hizo lugar a la demanda y fijó el valor locativo del inmueble en cuestión -que en condominio comparten ahora actor y demandado en un 33,99% y 66,01%, respectivamente-, correspondiéndole por tanto al accionado pagarle a Raúl Alberto Iglesias Schoo, la suma de $17.000 por cada mes transcurrido desde la fecha de notificación por carta documento y hasta la sentencia (69 meses), ello en proporción al porcentual que le corresponde sobre el bien." "Sabido es que tanto las expensas comunes como el pago de los servicios e impuestos, como lo es el ABL, recaen sobre todos los condóminos, y si alguno de ellos pagó además de su parte la que le correspondía al otro, aquél puede reclamar su repetición, por lo que, en esta inteligencia, comparto que el reclamo deba ser acogido favorablemente."
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