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CARDOZO RAMIREZ JOSE ENRIQUE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por daño psicológico y daño físico.


- Quién demanda: Ángela Corina del Pino, Jonathan Lucas Emanuel Soriano, José Enrique Cardozo Ramírez y Nélida Rojas Aguilera.

¿A quién se demanda?

Micrómnibus Barrancas de Belgrano S.A. y Escudo Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios sufridos en un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por daño psicológico y daño físico para algunos de los demandantes, y confirmando otros rubros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia hizo lugar a la demanda entablada por Ángela Corina del Pino y Jonathan Lucas Emanuel Soriano y condenó a Micrómnibus Barrancas de Belgrano S.A. a abonarles la suma de $38.800 y $20.000, respectivamente, con más las costas del juicio. La condena se hizo extensiva a Escudo Seguros S.A. en los límites del seguro y en los términos del art. 118 de la ley 17.418." "En el expediente acumulado 'Cardozo Ramírez C/Micrómnibus Barrancas De Belgrano SA Y OTRO S/ Daños y Perjuicios', se admitió la demanda interpuesta por José Enrique Cardozo Ramírez y Nélida Rojas Aguilera y se condenó a Micrómnibus Barrancas de Belgrano S.A. a abonarles la suma de $36.000 y $38.000, respectivamente, con más las costas del juicio." "Por lo expuesto, de compartir mi voto, propongo al Acuerdo: 1) Modificar la sentencia apelada y en consecuencia elevar la partida correspondiente al rubro 'Daño Psicológico' otorgada en favor de Ángela Corina Del Pino a la suma de $15.000; 2) Elevar la partida otorgada para resarcir el rubro 'Daño Físico' concedida en favor del coactor José Enrique Cardozo Ramírez a la de $50.000 y la de Nélida Rojas Aguilera a la suma de $30.000; 3) Elevar la partida otorgada para resarcir el rubro 'Daño Moral' del coactor Cardozo Ramírez a la suma de $20.000; 4) confirmar todo lo demás que la sentencia decide y que fuera motivo de agravios; y 5) Imponer las costas del Alzada a la aseguradora por haber resultado sustancialmente vencida (art. 68 del C.P

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