EXP. RECONSTRUIDO EN: CIVALERO, ERICA LOURDES S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- C/ RESOLUCION N? 419-STJSL-SA-2011.-
La Fiscalía de Estado impugnó por reposición un decreto que intimaba el pago de $21.850 por honorarios regulados. El Superior Tribunal hizo lugar al recurso, revocó el decreto de fecha 09/05/2019 y ordenó dar cumplimiento al procedimiento previsto en la Ley N° VI-0942-2016.
¿Quién es el actor?
Fiscalía de Estado.
¿A quién se demanda?
Actuación promovida contra el decreto que intimó el pago a la parte contraria (expediente caratulado como CIVALERO, ÉRICA LOURDES s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - c/ RESOLUCIÓN Nº 419-STJSL-SA-2011).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de reposición contra el decreto de fecha 09/05/2019 (actuación N° 11530020) que intimó al pago de PESOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($21.850.-) por honorarios regulados, bajo apercibimiento de ejecución y embargo; la Fiscalía sostiene que la intimación es prematura por no haberse cumplido el procedimiento presupuestario y administrativo exigido para su inclusión en la ley de presupuesto.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar al Recurso de Reposición; revocar por contrario imperio el decreto de fecha 09/05/2019 (actuación N° 11530020); ordenar se dé cumplimiento al procedimiento previsto en la Ley N° VI-0942-2016; costas a la vencida, arts. 68 y 69 CPC y C.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"(a) criterio de esta Procuración, no se ha dado cumplimiento a lo normado por el art. 4 de la Ley VIII-0791-2011, esto es, la comunicación mediante oficio a las reparticiones correspondientes, del monto de los honorarios regulados en autos. Por lo antes expuesto es de opinión de esta Procuración, la procedencia del recurso de revocatoria incoado por Fiscalía de Estado".
"Que la situación procesal descripta queda comprendida dentro de la regulación dispuesta por la ley N° VI-0942-2016, que reglamenta los artículos 12 y 92 de la Constitución Provincial respecto a los pronunciamientos judiciales que condenen al pago de una suma de dinero o, cuando sin hacerlo, su cumplimiento se resuelva en el pago de una suma de dinero por parte del Gobierno de la provincia de San Luis. Por ello, se impone hacer lugar al Recurso de Reposición, y, en consecuencia, revocar por contrario imperio el decreto habido en actuación N° 11530020, de fecha 09/05/2019, y ordenar que se dé cumplimiento a lo establecido en la Ley N° VI-0942-2016."
Bloque dispositivo final (textual):
"SE RESUELVE : I) Hacer lugar al Recurso de Reposición y, en consecuencia, revocar por contrario imperio el decreto contenido en actuación N° 11530020, de fecha 09/05/2019. II) Ordenar se dé cumplimiento al procedimiento previsto en la Ley N° VI-0942-2016. III) Costas a la vencida, arts. 68 y 69 CPC y C. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE. No firma la Dra. LILIA ANA NOVILLO, por encontrarse recusada."
(Se deja constancia del dictamen del Procurador General favorable a la procedencia del recurso y de la contestación de la contraria del 04/06/2019 que cuestionó la pretensión de la Fiscalía).
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