FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROMERO GUSTAVO HECTOR S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución fiscal de apremio por deuda tributaria por $1.127.784,10 más intereses según el artículo 104 del Código Fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, con costas a la demandada y regulación de honorarios diferida.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
ROMERO GUSTAVO HECTOR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal (apremio provincial) por capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.127.784,10) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios. Además, se tuvo por constituido domicilio procesal de la demandada y se consideró perdido el derecho a oponer excepciones por falta de ejercicio en término.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor ROMERO GUSTAVO HECTOR haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.127.784,10) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
(Se consignan también las providencias iniciales relativas a constitución de domicilio procesal y remisión de autos a sentencia.)
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Normas que cita
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 166, 155, 540, 549, 556, 68
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)art. 10
- CÓDIGO FISCAL (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Acordada 4013 (Scba)arts. Anexo único, 10
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