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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPOSITO FRANCO EZEQUIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar $5.399.873,40 más intereses conforme el art. 104 del Código Fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas a la demandada; se difiere la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-31087-2026
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Monto $5.399.873 40 Costas Perdida de excepciones (arts.166 y 155 cpcc) Art.10 ley 13.406 Ac. 4013 scba Regulacion de honorarios diferida.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

ESPOSITO FRANCO EZEQUIEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos 5.399.873,40 con más intereses desde la interposición de la demanda conforme art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se mandó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado más intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor ESPOSITO FRANCO EZEQUIEL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON 40/100 ($5.399.873,40) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al jlezana@fepba.gov.ar."

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

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