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Primera Instancia

ARCA c/ ROSEVA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por el Fisco Nacional (ARCA) contra ROSEVA por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró la causa en remate y ordenó continuar la ejecución hasta que ARCA cobre el capital reclamado ($13.774.674,80), intereses, gastos y costas, regulando honorarios por los procedimientos indicados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE BAHÍA BLANCA 1 - SECRETARIA EJECUCIONES FISCALES
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 012625/2026
Ejecucion fiscal Remate Afip Arca Deuda tributaria Apercibimiento art.41 cpccn Ley 11.683 Regulacion de honorarios Decreto 65/05 Costas

¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA).

¿A quién se demanda?

ROSEVA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal para el cobro de capital reclamado por $13.774.674,8 (trece millones setecientos setenta y cuatro mil seiscientos setenta y cuatro con ochenta), más intereses, gastos y costas; pedido de remate.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora (ARCA) obtenga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $13.774.674,8, sus intereses, gastos y costas; se regulan los honorarios conforme a la ley 11.683:92, decreto 65/05 y disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP; se hace efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. (Decisión conforme al pronunciamiento judicial transcripto en el dispositivo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92."

"No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar."

"En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA) se haga del demandado -ROSEVA-, íntegro pago del capital reclamado de $ 13774674.8, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)."

"En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP."

"Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el documento.

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • CPCCNarts. 542, 551, 558, 41, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 65/05
  • Disposición AFIP 85/00
  • Disposición AFIP 651/01

Fallos que cita

  • Acordada CSJN N° 10/2025CSJN

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