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Primera Instancia

ARCA c/ HECTOR ALEJANDRO SALEMME Y SANTIAGO SALEMME S. CAP I SECC IV s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Héctor Alejandro Salemme y Santiago Salemme S. CAP I SECC IV para cobrar una deuda de $6.977.836,24, con más intereses y costas. El Juzgado mandó llevar adelante la ejecución por el monto reclamado, al no haberse opuesto excepciones, e impuso las costas al demandado y ordenó a la actora practicar liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA EJECUCIONES FISCALES
Fuero
FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA
Jurisdicción
Federal · Chubut
Expediente
FCR 013789/2026
Ejecucion fiscal Arca Llevar adelante la ejecucion Intimacion de pago Falta de excepciones Costas Principio objetivo de la derrota Art. 70 cpccn Liquidacion de la deuda Seguridad juridica

¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

Héctor Alejandro Salemme y Santiago Salemme S. CAP I SECC IV.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de la suma de $6.977.836,24, con más el 15% para responder a intereses y costas, según el libelo de inicio.

Qué resolvió el Tribunal: Mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada, con más intereses y costas (art. 70 CPCCN). Ordenó a la parte actora practicar liquidación de la deuda reclamada, por razones de seguridad jurídica, en atención a lo ocurrido en otras ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA ante ese Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 6977836.24, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio."

> "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada."

> "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota."

El fundamento para ordenar la liquidación previa se apoya en la referencia a "diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal", sin desarrollo argumentativo adicional en el texto.

Normas que cita

  • CPCCNart. 70 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCALJUZGADO FEDERAL COMODORO RIVADAVIA

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