JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CROCETTI DELIA PAULINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas en materia de reajustes previsionales, con el alcance fijado en el precedente Perletto. Los agravios vinculados con la limitación de recursos, el plazo de cumplimiento y la liquidación pericial fueron resueltos remitiendo a precedentes análogos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1384. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Limitacion de recursos Ley 24.463 Plazo de cumplimiento de sentencia Liquidacion pericial Anses Costas por su orden Precedente perletto Jubilaciones

¿Quién es el actor?

Delia Paulina Crocetti (y, en los autos acumulados, Héctor Reinaldo Bandoni).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas, con el alcance que surge de los considerandos del precedente "Perletto". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463) y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463), resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Los agravios de la ANSeS vinculados con la confección de la liquidación de las diferencias en los haberes jubilatorios de los actores por un perito de oficio, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en la causa G.55.XXXVII 'Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/reajustes por movilidad', fallada con fecha 24 de octubre de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"La cuestión relacionada con la defensa sustancial de pago total y definitivo respecto de la deuda consolidada anterior al 31 de agosto de 1992 no guarda relación con lo resuelto, por lo que debe ser desestimada."

"Los restantes agravios del organismo previsional suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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