JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALEGRE HECTOR MIGUEL Y OTROS c/ PROVINCIA DE RIO NEGRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Los actores promovieron reclamos contra la Provincia de Río Negro en diversas causas vinculadas a prestaciones del IPROSS y del Consejo Provincial de Educación. La Corte Suprema, por mayoría y remitiendo a los fundamentos de la causa Miglierini, declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 868. XXXIX. REX
Recurso extraordinario Rio negro Ipross Consejo provincial de educacion Remision a precedente Miglierini Confirmacion de sentencia Costas en el orden causado Litigio razonable Contencioso administrativo

¿Quién es el actor?

Héctor Miguel Alegre y otros, junto con una extensa nómina de actores individualizados en la causa (en su mayoría docentes y beneficiarios de IPROSS de la Provincia de Río Negro).

¿A quién se demanda?

Provincia de Río Negro (en algunos casos, Consejo Provincial de Educación e IPROSS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos vinculados a los derechos de los actores frente a la Provincia en materia de prestaciones y haberes, según el detalle de las causas acumuladas.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas en el orden causado porque los actores pudieron creerse razonablemente con derecho a litigar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa M.2012.XXXVIII 'Miglierini, Hilda Aurora y otros c/ Provincia de Río Negro (I.P.R.O.S.S) s/ contencioso administrativo s/ inaplicabilidad de ley', pronunciamiento del 8 de junio del presente año, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

"Que los jueces Belluscio, Boggiano y Vázquez remiten a sus respectivos votos, y los jueces Fayt y Maqueda a su disidencia en la causa citada."

Aclaración: la posición de Fayt y Maqueda es disidencia y no la decisión del tribunal.

Fallos que cita

  • Miglierini, Hilda Aurora y otros c/ Provincia de Río Negro (I.P.R.O.S.S) s/ contencioso administrativo s/ inaplicabilidad de leyCSJN · 08/06/2004

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