NUOZZI GUSTAVO EDUARDO Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON s/DEMANDA CONTANCIOSO ADMINISTRATIVA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por los actores contra la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, en una causa sustancialmente análoga a la resuelta en Tidone. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar una nueva conforme a lo decidido.
¿Quién es el actor?
Gustavo Eduardo Nuozzi y otros.
¿A quién se demanda?
Municipalidad del Partido de General Pueyrredón.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO. El fallo no describe el objeto del reclamo, que remite a lo resuelto en la causa "Tidone" (T.267.XXIV).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con costas. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva sentencia conforme a lo aquí resuelto (art. 16, primera parte, de la ley 48).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en la presente causa es sustancialmente análoga a la resuelta in re: T.267.XXIV 'Tidone, Leda Diana c/ Municipalidad del Partido de General Pueyrredón', del 22 de diciembre de 1993, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad."
El fallo no contiene fundamentación propia: la decisión se apoya íntegramente en los fundamentos del precedente "Tidone".
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Tidone, Leda Diana c/ Municipalidad del Partido de General PueyrredónCSJN · 22/12/1993
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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