PETRI SERGIO DANIEL s/CAUSA N° 3520
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario, declaró procedente dicho recurso y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en Georgevich. El vicepresidente Belluscio votó en disidencia y desestimó la queja.
Actor (recurrente): Fiscalía General N° 3 ante la Cámara Nacional de Casación Penal (recurso de hecho deducido por el fiscal general Ricardo G. Wechsler).
Demandado (imputado): Sergio Daniel Petri.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal, en la causa N° 3520.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la causa para que se dicte nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo resuelto en el expediente G.3135.XXXVIII "Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172" (sentencia del 23 de marzo de 2004). El vicepresidente Belluscio, en disidencia, votó por desestimar la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable lo resuelto por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII. 'Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172', de fecha 23 de marzo de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." La mayoría remite por brevedad a los fundamentos del precedente Georgevich. La disidencia del juez Belluscio sostiene que, si bien también es aplicable ese precedente, lo fue "en lo pertinente" y en su propia disidencia, por lo que desestima la queja.
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Fallos que cita
- Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172CSJN · 23/03/2004
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