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Corte Suprema

INDO SA c/ FISCO NACIONAL (DGI) s/REPETICION

La Corte Suprema confirmó el pronunciamiento apelado en la acción de repetición promovida por Indo S.A. contra el Fisco Nacional (D.G.I.), por remisión a los fundamentos del precedente Horvath. La mayoría sostuvo que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en dicho caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 51. XXIV. REX
Repeticion de sumas Recurso extraordinario Fisco nacional Direccion general impositiva Precedente horvath Ley 23.256 Inconstitucionalidad Costas en el orden causado Remision a precedente

¿Quién es el actor?

Indo S.A.

¿A quién se demanda?

Fisco Nacional (Dirección General Impositiva)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de sumas de dinero abonadas al Fisco Nacional.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible el recurso extraordinario, con el alcance indicado en el precedente "Horvath", y confirmó el pronunciamiento apelado. Las costas de esta instancia se impusieron en el orden causado en razón de la complejidad de la cuestión debatida. El voto de los jueces Nazareno y Levene es el que sostiene la solución confirmatoria; los votos de Moliné O'Connor, Fayt y Boggiano fueron en disidencia parcial, y el de Petracchi en disidencia total (en cuanto revocaba parcialmente el pronunciamiento y ordenaba la devolución de las sumas previstas en el art. 4° de la ley 23.256, declarado inconstitucional en su aplicación al caso).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en la causa H.102.XXII. 'Horvath, Pablo c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinario (repetición)', sentencia del 4 de mayo de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse -en lo pertinente- en razón de brevedad."

"Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario, con el alcance indicado en el precedente al que se remite, y se confirma el pronunciamiento apelado. Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado en razón de la complejidad de la cuestión debatida (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Nota: en este fallo la remisión a "Horvath" es el único fundamento de la mayoría; los votos en disidencia (parcial o total) no constituyen la decisión del tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Horvath, Pablo c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinario (repetición)CSJN · 04/05/1995

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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