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Corte Suprema

DE PAULI ALDO AMERICO c/ SOMISA s/DECALARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD

El Tribunal del Trabajo N° 1 de San Nicolás y el Juzgado Federal N° 1 de la misma ciudad se declararon incompetentes, generando un conflicto negativo de competencia en un incidente de declaración de inconstitucionalidad dentro de un proceso ya sentenciado. La Procuración General opinó que la Corte debe dirimirlo a favor de la justicia provincial, por no ser admisible el planteo de incompetencia en esa etapa procesal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1686. XL. COM
Conflicto negativo de competencia Incidente de inconstitucionalidad Ley 25.561 Emergencia economica Ejecucion de sentencia Justicia laboral provincial Justicia federal Perpetuatio jurisdictionis Competencia federal Ley 25.587

¿Quién es el actor?

Aldo Américo De Pauli.

¿A quién se demanda?

Somisas (en el marco de un proceso de ejecución de sentencia y un incidente de declaración de inconstitucionalidad de la ley 25.561).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestión de competencia suscitada en un incidente de declaración de inconstitucionalidad, en el marco de un proceso laboral ya sentenciado en el fondo.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General dictaminó que las actuaciones deben continuar ante la justicia provincial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el Tribunal del Trabajo N° 1 de San Nicolás no se encontraba habilitado para examinar la competencia del fuero."

"...por cuanto las causas en las que ha recaído un acto jurisdiccional -ya sea que se encuentre firme o no, o que dé por terminado el proceso por alguna de las formas de extinción previstas en la ley- deben continuar su trámite hasta finiquitar el pleito ante el fuero que lo dictó."

"...todo el proceso tramitó ante la justicia provincial donde ya se dictó sentencia sobre el fondo del asunto..., circunstancia que obstaba a que el tribunal local se desprendiera de las actuaciones al resolver una cuestión incidental en el procedimiento de ejecución de sentencia, máxime cuando la actora desistió de los planteos que habría efectuado con relación a la legislación de emergencia..."

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 25.587arts. 1, 6 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 12.871 (Conurbano Bonaerense)art. 1
  • Constitución Nacionalarts. 75 inc. 12, 116
  • Decreto 1285art. 24 inc. 7
  • Decreto 1570
  • Decreto 214

Fallos que cita

  • Aguirre, Carlos Luis c/ PEN Ley 25.561 Dtos. 1570/01 y 214/02 s/ proceso de conocimientoCSJN · 23/03/2004

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