SALTA PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL s/COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS(LEY 2079 3,ART.3°)
La Corte Suprema, en instancia originaria, revocó la providencia que había rechazado por extemporáneo un recurso de aclaratoria y declaró que la omisión de imponer costas en el incidente no equivalía a una denegación implícita. Ordenó imponer al Estado Nacional las costas del incidente y regular honorarios en mil pesos.
¿Quién es el actor?
Provincia de Salta.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de australes (ley 20.793, art. 3°).
¿Qué se resolvió?
se revoca la providencia simple de fs. 214 y se imponen al Estado Nacional las costas del incidente resuelto a fs. 207; se regulan los honorarios del Dr. Gerardo Amadeo Conte Grand en $1.000 (arts. 33, 39 y concs. de la ley 21.839).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Mayoría: "si la exención de costas que no esté expresamente fundada se sanciona con la nulidad (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), es decir, con la privación de efectos jurídicos, a fortiori no pueden atribuírsele los efectos de una denegación a una omisión que, por hipótesis, carece de fundamentos."
¿Cómo votaron los jueces?
el plazo para interponer aclaratoria en la instancia originaria no es el de cinco días del art. 272 CPCCN aplicable a la sentencia de segunda instancia, por ser "definitiva" y no quedar otra instancia ordinaria; "Lo expuesto conduce a aceptar que el plazo para interponer aclaratoria en estos autos no se hallaba vencido al momento de la presentación de fs. 210." Esta fundamentación corresponde al voto minoritario de este ministro en cuanto a la extemporaneidad y se consigna como tal.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 21.839arts. 33, 39 · Aranceles y honorarios de abogados
- CPCCNarts. 68, 272 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.793art. 3
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.