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Corte Suprema

VIOLA JULIO EDGARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario del actor y confirmó la sentencia que reajustó su haber jubilatorio, rechazando los demás planteos por falta de fundamentación. El tribunal remitió a los argumentos del precedente Panizza sobre la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 95. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Art. 55 ley 18.037 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Ley 25.561 Fallos 319:3241 Fallos 326:216 panizza Anses Haber jubilatorio Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Julio Edgardo Viola.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del actor vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 suscitan al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 326:216 ('Panizza'), cuyos argumentos se dan por reproducidos."

"Los restantes planteos carecen de fundamento en la medida en que el recurrente no ha justificado el derecho que alega, ni ha dado suficientes razones para explicar la incidencia de la ley 25.561 en los créditos derivados de la aplicación del criterio de Fallos: 319:3241, que fue consentido por ambas partes."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional

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