J & M S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANA s/RECURSO
La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por J & M S.A. contra la Dirección General de Aduanas y confirmó la sentencia apelada, remitiendo por razones de brevedad a los fundamentos del precedente Itapesca S.A.C.I. - Proyesur S.A. UTE. Los ministros Boggiano, Maqueda y Zaffaroni votaron en disidencia y propusieron revocar la sentencia.
¿Quién es el actor?
J & M S.A. (TF 10.268-A), parte recurrente en el recurso extraordinario.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (D.G.A.), representada por la Dra. Liliana Stella Maris Marconi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en un expediente originado en el Tribunal Fiscal de la Nación. El texto analizado no describe el objeto concreto del reclamo.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (Petracchi, Belluscio, Fayt, Highton de Nolasco y Argibay), se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas. Dicha decisión remite, por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen del Procurador General emitido en la causa "Itapesca S.A.C.I. - Proyesur S.A. UTE (TF 9848-A) c/ D.G.A.", dictada en la misma fecha.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando único del voto mayoritario: "Que las cuestiones debatidas en esta causa resultan sustancialmente análogas a las planteadas en la causa I.6.XXXVIII. 'Itapesca S.A.C.I. - Proyesur S.A. UTE (TF 9848-A) c/ D.G.A.'. Por lo tanto, al igual que en la sentencia dictada en la fecha en los mencionados autos, corresponde remitir [...] por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen emitido por el señor Procurador General en tales actuaciones."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las consideradas, en la fecha, en la causa I.6.XXXVIII. 'Itapesca S.A.C.I. - Proyesur S.A. UTE (TF 9848-A) c/ D.G.A.', disidencia de los jueces Boggiano, Maqueda y Zaffaroni, a cuyos fundamentos corresponde remitirse [...] por razones de brevedad." Esta posición propone revocar la sentencia apelada y devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Constituye la minoría y no es la decisión del tribunal.
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Fallos que cita
- Itapesca S.A.C.I. - Proyesur S.A. UTE (TF 9848-A) c/ D.G.A.CSJN · 31/05/2005
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