JurisprudenciaARG
Corte Suprema

HERNANDEZ FELIPE NERIS Y OTROS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público fueron declarados procedentes en reclamos de reajuste previsional por la tasa de interés aplicable a las prestaciones. La Corte confirmó la tasa aplicada y revocó las sentencias apeladas con el alcance fijado en los precedentes Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 234. XXXIX. ROR
Tasa pasiva de interes Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Anses Recurso ordinario Ministerio publico Schiariti Iglesias

¿Quién es el actor?

Felipe Neris Hernández y otros (y demás actores acumulados en las causas indicadas en el encabezado).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales, con cuestionamiento de la tasa de interés aplicada y de lo dispuesto por los artículos 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público; confirmó las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés aplicada y las revocó con el alcance que surge de los considerandos de "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente S.2767.XXXVIII. 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', fallada con fecha 14 de septiembre de 2004."

"Respecto de los agravios vinculados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Los restantes planteos de la ANSeS son sustancialmente análogos a los examinados por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas conclusiones cabe remitir por razones de brevedad."

Fallo unánime de los cinco ministros; no hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Spitale, Josefa c/ ANSeSCSJN · 14/09/2004
  • SchiaritiCSJN
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeSCSJN · 17/04/2001
  • Torres BrizuelaCSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.