PERALTA ISIDRO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por limitación de recursos, cumplimiento de la sentencia previsional y aplicación de la tabla anexa de la ley 24.463 contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la demandada y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Perletto y Torres Brizuela y declarando desierto el agravio sobre honorarios periciales relativo al art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.
¿Quién es el actor?
Isidro José Peralta.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, en particular diferencias por movilidad y por aplicación de la ley 24.463 y de la ley de Solidaridad Previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS y confirmó la sentencia de la alzada, con el alcance fijado en el precedente "Perletto".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463), con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463), con la defensa de pago total y definitivo de todas las obligaciones del Estado con anterioridad al 31 de agosto de 1992 y con la aplicación de la tabla anexa de la ley 24.463, encuentran adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir."
Sobre el art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional: "resultan infundados los agravios de la demandada pues la alzada declaró su validez con excepción de los honorarios del perito contador... por lo que se declara la deserción sobre el punto."
Los restantes agravios "suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por la Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 22, 23 y tabla anexa, 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 478 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
- Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002 · Fallos 323:3135
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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