JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SPONER ARIANA LILIAN RAMONA c/ CTI COMPAÑIA DE TELEFONOS DEL INTERIOR S.A. s/DIF.INDEM.ANTIGUEDAD

La actora interpuso recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó su demanda por diferencias en la indemnización por antigüedad. La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso, revocó la sentencia en cuanto a la validez constitucional del tope del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo y ordenó dictar nuevo fallo conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 850. XLI. REX
Indemnizacion por antiguedad Tope indemnizatorio Art. 245 lct Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Gratificacion anual Bonus Vizzoti Costas por cambio de criterio Derecho del trabajo.

¿Quién es el actor?

Ariana Lilian Ramona Sponer.

¿A quién se demanda?

CTI Compañía de Teléfonos del Interior S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias en la indemnización por antigüedad, que incluían la gratificación anual en la base de cálculo y el pago del bonus del año 2000, además de la inconstitucionalidad del tope legal del art. 245 de la LCT.

¿Qué se resolvió?

el recurso extraordinario es inadmisible respecto de la inclusión de la gratificación anual en la liquidación y del reclamo por el bonus año 2000 (art. 280 CPCCN). En cuanto a la inconstitucionalidad del tope del art. 245 LCT, la Corte remite a los fundamentos de "Vizzoti, Carlos Alberto c/ Amsa S.A." (sentencia del 14/09/2004), declara parcialmente admisible el recurso, revoca la sentencia apelada en ese punto y devuelve los autos para que se dicte nuevo fallo. Las costas se distribuyen por su orden por tratarse de un cambio de criterio jurisprudencial (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En lo referente a la inconstitucionalidad del tope legal previsto por el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cuestión es sustancialmente análoga a la debatida y resuelta por este Tribunal en la causa V.967.XXXVIII 'Vizzoti, Carlos Alberto c/ Amsa S.A. s/ despido', fallada el 14 de septiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite por razón de brevedad."

"Que el recurso es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) con relación a los agravios atinentes a la inclusión de la gratificación anual en la liquidación de la indemnización por antigüedad, y a la desestimación del reclamo por el pago del bonus año 2000."

"...se revoca la sentencia apelada en cuanto a la validez constitucional del precepto antes señalado. Las costas de esta instancia se distribuyen por su orden, en atención a que el pronunciamiento se sustenta en jurisprudencia reciente de esta Corte que comporta un cambio de criterio sobre el punto en debate."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Vizzoti, Carlos Alberto c/ Amsa S.A. s/ despidoCSJN · 14/09/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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