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Corte Suprema

PRODAN AMELIA EMILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Se trata de un conjunto de recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS contra sentencias que ordenaron reajustes previsionales en favor de diversos jubilados. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos y confirmó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en el precedente Perletto respecto del plazo y las modalidades de cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 822. XL. ROR
Reajuste previsional Anses Jubilaciones Plazo de cumplimiento de sentencia Modalidades de cumplimiento Recurso ordinario Precedente perletto Precedente torres brizuela Seguridad social Haberes previsionales

¿Quién es el actor?

Amelia Emilia Prodan y otros (catorce causas acumuladas, entre ellas Andrade, Bueno, Cenci, Díaz, Irusta, Lavalle, Lobosco, Palat, Sosa, Straccia, Torres, Testa y Yotti).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

Declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y confirmar las sentencias apeladas, con el alcance indicado en el fallo "Perletto".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, son sustancialmente análogas a las resueltas en "Perletto" (Fallos: 325:98), a cuyos fundamentos y conclusiones remitió. Asimismo, indicó que los restantes planteos de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados en "Torres Brizuela" (Fallos: 323:3135), cuyas conclusiones dio por reproducidas.

> "Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente cabe remitir."

> "Que los restantes planteos de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados por esta Corte en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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