BARBUR MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia que reajustó los haberes jubilatorios de Mario Barbur, con el alcance fijado en el precedente Perletto. El Tribunal remitió a los fundamentos de Perletto, Gallo y Torres Brizuela para resolver los agravios sobre limitación de recursos, forma de cumplimiento de la condena y liquidación pericial de las diferencias.
¿Quién es el actor?
Mario Barbur.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en "Perletto". Notifíquese y devuélvase.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463) y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463), encuentran adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Que los agravios de la ANSeS vinculados con la confección de la liquidación de las diferencias en los haberes jubilatorios del actor por un perito de oficio, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por la Corte en la causa G.55.XXXVII. "Gallo, Armando Bernabé c/ A.N.Se.S. s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 24 de octubre de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
Considerando 3°: "Que la cuestión relacionada con la defensa de pago total y definitivo de todas las obligaciones del Estado con anterioridad al 31 de agosto de 1992 no guarda relación con lo resuelto, por lo que debe ser desestimada."
Considerando 4°: "Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."
No hay votos en disidencia: la decisión es unánime de los cinco ministros.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
- Gallo, Armando Bernabé c/ A.N.Se.S. s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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