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Corte Suprema

SCHAAB MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Una jubilada reclamó el reajuste de su haber previsional con la ley 22.955 y, desde 1995, con el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463. La Corte declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS y confirmó la sentencia con el alcance fijado en el precedente Spitale, que resolvió la cuestión de la tasa pasiva de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 2051. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Ley 22.955 Ley 24.463 Ley 24.019 Tasa pasiva de interes Recurso ordinario Desercion del recurso Limitacion de recursos Precedente spitale Anses

¿Quién es el actor?

María Schaab, jubilada.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

se declara parcialmente procedente el recurso de la ANSeS y se confirma la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la demandada dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido de acuerdo con el art. 19 de la última ley citada." (Considerando 1°)

"...los planteos de la recurrente que se refieren a la derogación de las leyes 22.955 y 24.019, no se hacen cargo de lo decidido por la alzada que, sobre el punto, aplicó la solución dada en el precedente que la demandada pretende hacer valer, por lo que corresponde declarar la deserción del recurso en ese aspecto." (Considerando 2°)

"Que los planteos vinculados con la tasa pasiva de interés han sido analizados por la Corte en el precedente de Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir." (Considerando 3°)

"Que las cuestiones relacionadas con la defensa de limitación de recursos resultan fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto a fs. 79/84 respecto del art. 16 de la ley 24.463 quedó firme pues el ente previsional no formuló objeciones sobre el punto en su memorial ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores." (Considerando 4°)

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Cassella, CarolinaCSJN

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