BULACIO JOSE MANUEL s/TENTATIVA DE ROBO CON ARMAS ETC. -CAUSA N° 1315-
El defensor oficial de José Manuel Bulacio interpuso recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario en una causa por tentativa de robo con armas. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Casal y Martínez Areco.
Actor/Recurrente: José Manuel Bulacio, a través de su defensor oficial.
Demandado/Contraparte: Estado nacional (ministerio público fiscal en la causa penal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario contra la sentencia en causa por tentativa de robo con armas, etc. (Ccausa N° 1315C).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la causa al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento conforme al presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los votos de la mayoría remiten, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de los precedentes "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado tentativa" (C.1757.XL., sentencia del 20 de septiembre de 2005) y "Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792" (M.1451.XXXIX., sentencia del 25 de octubre de 2005). La ministra Argibay, en disidencia, sostuvo que el recurso extraordinario es inadmisible conforme al art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y votó por desestimar la queja, intimando al depósito del art. 286 del mismo código.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado tentativaCSJN · 20/09/2005
- Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792CSJN · 25/10/2005
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.