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Corte Suprema

TRANSPORTE Y CONST. S.A. Y S.A. DE OBRAS Y EMPRENDIMIENTOS ABIENTALES VENTURNO c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/ACC DECLA DE INCONST

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP-DGI y revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, con costas, ordenando dictar un nuevo fallo. La Dra. Argibay votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 800. XXXVIII. REX
Accion declarativa de inconstitucionalidad Recurso extraordinario Procedencia Revocacion Remision a dictamen fiscal Dgi Afip Inadmisibilidad Costas Art. 280 cpccn

Actoras (demandantes): Transportes y Construcciones S.A. y S.A. de Obras y Emprendimientos Ambientales Venturino.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (DGI), hoy AFIP-DGI.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por las sociedades contra la DGI.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con costas, devolviendo las actuaciones para que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo. La disidencia de la Dra. Argibay propuso declarar improcedente el recurso extraordinario por inadmisible.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente tratadas en el dictamen del señor Procurador Fiscal subrogante, cuyos fundamentos son compartidos por esta Corte, y a los que corresponde remitirse a fin de evitar reiteraciones innecesarias." La mayoría remite íntegramente al dictamen fiscal, sin desarrollar argumentos propios. En disidencia (Argibay): "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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