PUENTE DEL PLATA S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA
La Corte Suprema declaró la negligencia de la parte actora en la producción de la prueba informativa ofrecida en la acción declarativa promovida por Puente del Plata S.A. contra la Provincia de Buenos Aires. Por no haber urgido el libramiento de los oficios ordenados el 25 de octubre de 2005, dio por perdido su derecho a producir esa prueba, con costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Puente del Plata S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción declarativa.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar al incidente de negligencia planteado por la Provincia respecto de la prueba informativa ofrecida por la actora (fs. 72, puntos 1, 4 y 6), dándole por perdido el derecho a producirla, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"con carácter general procede declarar la negligencia cuando el oferente no cumple con la carga de urgir las diligencias necesarias encaminadas a lograr la realización de las medidas de prueba ordenadas (art. 384, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"El incidente debe prosperar pues no se ha dado cumplimiento a la carga procesal referida. En efecto, a pesar del tiempo transcurrido desde la providencia que ordenó el libramiento de los oficios [del] 25 de octubre de 2005 la interesada no adoptó medida alguna para lograr su cumplimiento en tiempo oportuno (art. 385 del código citado)."
La decisión fue adoptada por unanimidad de los cinco ministros; no hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 68, 69, 384, 385 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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