BASILE ORLANDO c/ MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A. s/ACCIDENTE DE TRABAJO
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la demandante Molinos Río de La Plata S.A. y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había rechazado la aplicación de la ley 24.283 a una indemnización por accidente de trabajo. El tribunal consideró que el fallo era una derivación aparente del derecho aplicable, al ignorar la evidente distorsión que generaban las pautas de actualización utilizadas en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Orlando Basile.
¿A quién se demanda?
Molinos Río de La Plata S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de indemnización tarifada por accidente de trabajo, con actualización de la base salarial, en el marco de la ley 24.283.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia, con costas, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para así resolver, el juez de cámara cuyo voto fundó la decisión admitió que la ley mencionada 'tuvo como objeto expreso eliminar el resultado, tal vez desfasado, al que en determinados supuestos conducía la aplicación de mecanismos indexatorios, para que en la práctica se restablezca la justicia y la equidad eliminando los excesos de la indexación, si los hubiera habido'. Sin embargo, consideró que aquélla no resultaba aplicable al caso de autos, fundamentalmente porque la parte interesada no había realizado 'la comparación que permita valorar, que se configuraría la situación que invoca, ya que para ello deberían utilizarse elementos comparativos iguales'."
"...la aplicación de éstas implicó considerar que el actor -quien se desempeñó como operario silero según el convenio colectivo pertinente- había percibido un salario que pierde toda proporción y razonabilidad respecto del denunciado por él mismo como fundamento de su pretensión inicial y más aún respecto de las remuneraciones que surgen del informe pericial contable."
"...la cámara no pudo válidamente detenerse en meras cuestiones formales y prescindir de un examen riguroso del resultado económico del pleito a la vista de cada uno de los elementos que componían la indemnización tarifada, máxime si lo decidido en primera instancia significaba actualizar dos veces por un mismo período... el salario diario promedio, dado que el informado en su momento por el perito contador ya estaba actualizado."
"...la suma reconocida en favor del reclamante trasluce un apartamiento palmario de la realidad económica, con grave menoscabo de la verdad jurídica objetiva y de los derechos de propiedad y de defensa en juicio (Fallos: 315:672 y sus citas)."
"...el pronunciamiento en recurso sólo satisface en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho aplicable con adecuada referencia a los hechos comprobados de la causa y, por ende, debe ser descalificado como acto jurisdiccional válido, toda vez que media en el caso la relación directa e inmediata entre lo debatido y resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas (art. 15 de la ley 48)."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 310:2091CSJN
- Fallos 315:672CSJN
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