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Corte Suprema

CARDOZO AMILCAR RAFAEL s/RECURSO DE QUEJA

El imputado Amílcar Rafael Cardozo interpuso recurso de queja contra la denegación del recurso extraordinario en una causa penal. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Casal y Martínez Areco.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 3004. XLI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Casacion penal Precedente casal Doble conforme Revision de sentencia Debido proceso Defensa en juicio Inadmisibilidad Art. 280 cpccn

Actor/Recurrente: Amílcar Rafael Cardozo, representado por el Dr. Albino José Stefano (defensor).

Demandado/Parte contraria: el Ministerio Público (acusador) en la causa penal de origen.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de queja contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, dictada en el marco de un proceso penal seguido por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y remitió la causa al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La ministra Argibay, en disidencia, consideró el recurso inadmisible y votó por desestimar la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en el expediente C.1757.XL. 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa Ccausa N° 1681C' (votos concurrentes de los infrascriptos), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Asimismo, los jueces Maqueda y Petracchi se remiten, además, a sus votos respectivos en la causa M.1451.XXXIX. 'Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792', sentencia del 25 de octubre de 2005."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
  • Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792CSJN · 25/10/2005

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