LIZARRAGA MOISES CIRIACO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Moisés Ciríaco Lizarraga, jubilado del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, reclamó el reajuste de su haber previsional por aplicación de la ley 22.929 para investigadores científicos. La Corte Suprema declaró procedente el recurso de la ANSeS y confirmó la sentencia que había ordenado el reajuste, mientras que la Dra. Argibay votó en disidencia parcial. Nota: la sentencia que la Corte confirmó fue la de primera instancia, que había hecho lugar al reajuste.
¿Quién es el actor?
Moisés Ciríaco Lizarraga.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber previsional por aplicación de la ley 22.929 (o, según el escrito de fs. 49, la ley 23.682), con pauta de movilidad de la ley 22.955.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada. La mayoría adhirió al proyecto de Secretaría, que proponía revocar y reajustar el haber según la ley 22.955 con la doctrina de la causa "Brochetta"; ese criterio no quedó como decisión final del tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"lo expresado pone en evidencia el error en que han incurrido los jueces al fijar el alcance de la movilidad reclamada, pues a contrario de lo que sucede con la ley 22.929, que se encuentra vigente (conf. doctrina de este Tribunal dictada en la causa M.821.XXXIX 'Massani de Sese, Zulema Micaela c/ ANSeS s/ reajustes varios', del 15 de noviembre de 2005), la ley 22.955 ha sido derogada."
¿Cómo votaron los jueces?
"corresponde revocar las sentencias apeladas y ordenar el reajuste del haber previsional del actor de acuerdo a las disposiciones de la ley 22.955, con la movilidad correspondiente a dicho régimen hasta la entrada en vigencia del sistema previsto en la ley 24.463."
¿Cómo votaron los jueces?
"Ninguna alusión hace al yerro en que incurrió la cámara al afirmar que el actor goza de un beneficio otorgado al amparo de las prescripciones destinadas a los investigadores científicos y tecnológicos, ni tampoco a que el propio jubilado reconoció que las tareas desarrolladas no correspondían a las comprendidas en ese ámbito."
¿Cómo votaron los jueces?
"respecto del único agravio relativo a la ley 22.929 sometido a consideración por esta Corte... cabe responder negativamente con sustento en la doctrina dictada en la causa M.821.XXXIX 'Massani de Sese'."
Tasa de interés: "el planteo acerca de la tasa de interés aplicada no guarda relación con lo decidido por la alzada... la tasa que pretende fue la ordenada por el juez de grado, que quedó firme al no haber habido agravio sobre el punto."
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Normas que cita
- Ley 22.929Regimen previsional investigaciones cientificas
- Ley 23.682Jubilaciones
- Ley 22.955Seguridad social
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241art. 168 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Massani de Sese, Zulema Micaela c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/11/2005
- Brochetta, Rafael Anselmo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/11/2005
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